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Implementación Protocolo IVE

OSPOCE ha incorporado la cobertura de IVE a través de sus redes prestadoras a las que le ha solicitado las normas operativas a los fines de dar cabal cumplimiento con la Ley como garante prestacional de sus beneficiarios.

Conjuntamente con garantizar el acceso a la IVE/ILE, la Obra Social pone a disposición el cumplimento de la Ley 26.150, de Educación Sexual Integral (a fin de promover el fortalecimiento de la Salud Sexual y Reproductiva, con consejería en Salud Sexual y Reproductiva) mediante la tarea de su equipo interdisciplinario de Salud Mental con el objetivo de ofrecer una contención psicosocial, con seguimiento y acompañamiento en el proceso del aborto.


Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) Interrupción Legal del Embarazo (ILE)

Tiene como objetivo, garantizar los derechos sexuales y reproductivos de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar, así como también brindar herramientas para un acceso rápido a la atención integral.

Debe realizarse una atención integral, y debe incluir vacunación e isoinmunización (si es necesario), analgesia, consejería en métodos anticonceptivos (MAC), procedimiento evacuador (medicamentoso o instrumental), provisión o colocación de MAC elegido y seguimiento posterior de control.

  • Mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria de su embarazo (IVE) hasta la semana catorce (14) inclusive del proceso gestacional, sin más requisito que su requerimiento; es decir, con la sola expresión de su voluntad.
  • Fuera del plazo mencionado será legal la interrupción practicada con el consentimiento de la persona gestante y la correspondiente acreditación de causales realizada por el personal de salud (equipo tratante/médico obstetra).

Las causales que contempla la normativa son: violación, peligro/riesgo para la salud o para la vida de la persona gestante. Las causales tienen idéntica jerarquía legal.

Escenarios médicos posibles que realizan el tratamiento de IVE e ILE
      1) Paciente embarazada de 12 semanas inclusive. IVE
      Tratamiento médico ambulatorio
      Documentación requerida:
      • Orden médica a presentar en la farmacia, la misma deberá contar con la siguiente información:
        • Diagnóstico: LAS RECETAS NO REQUIEREN TENER DIAGNÓSTICO POR ESCRITO PARA SER DISPENSADO EL MEDICAMENTO.
        • Medicación recomendada por protocolo nacional: Misoprostol.
        • Firmada y sellada por médico tratante.
        La red de farmacias habilitadas corresponde a la red de farmacias de anticonceptivos.

      2) Paciente embarazada de hasta 14 semanas inclusive. IVE
      Tratamiento médico/instrumental
      Documentación requerida a presentar al prestador asignado.
      • Orden médica la misma deberá contar con la siguiente información:
        • Diagnóstico: Interrupción voluntaria del embarazo (IVE).
        • Firmada y sellada por médico tratante.

      3) Paciente embarazada de más de 15 semanas inclusive. INTERRUPCIÓN LEGAL DEL EMBARAZO (ILE).
      Tratamiento médico/instrumental
      Documentación requerida a presentar al prestador asignado.
      • Orden médica la misma deberá contar con la siguiente información:
        • Diagnóstico: Interrupción Legal del embarazo (ILE).
        • Firmada por médico tratante.